• Home
  • Plan de Igualdad de Género

Plan de Igualdad de Género

Entidad: Fundación Española de Alta Sensibilidad
CIF: G56334337
Ámbito de aplicación: Toda la entidad
Periodo de vigencia: 4 años
Número de personas trabajadoras: 5


1. Introducción y compromiso institucional

La Fundación Española de Alta Sensibilidad, en coherencia con sus fines fundacionales y con la normativa vigente en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, asume un firme compromiso con la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades, la no discriminación y la integración de la perspectiva de género en todas sus actuaciones.

Este Plan de Igualdad se concibe como una herramienta estratégica y dinámica orientada a garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el seno de la entidad, prevenir cualquier forma de discriminación por razón de sexo y promover una cultura organizacional inclusiva, respetuosa y equitativa.


2. Marco normativo de referencia

El presente Plan de Igualdad se elabora de conformidad con la normativa vigente, en particular:

  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la igualdad.

  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.

  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.


3. Ámbito personal, territorial y temporal

  • Ámbito personal: Las 5 personas trabajadoras de la Fundación Española de Alta Sensibilidad, que desempeñan las siguientes funciones: Presidencia del Patronato, Tesorería, Secretaría General y dos Vocalías.

  • Ámbito territorial: Todos los centros y actividades desarrolladas por la Fundación.

  • Ámbito temporal: El Plan tendrá una vigencia de cuatro años desde su aprobación.


4. Diagnóstico de situación (síntesis)

La Fundación Española de Alta Sensibilidad cuenta con una plantilla reducida de 5 personas trabajadoras, sin representación legal de las personas trabajadoras.

El diagnóstico de igualdad se realizará conforme a lo establecido en el Real Decreto 901/2020, teniendo en cuenta la dimensión y características específicas de la entidad, e incluirá el análisis de las siguientes materias, con datos desagregados por sexo:

  • Selección y contratación.

  • Clasificación profesional.

  • Formación.

  • Promoción profesional.

  • Condiciones de trabajo.

  • Ejercicio corresponsable de la vida personal, familiar y laboral.

  • Infrarrepresentación femenina.

  • Retribuciones.

  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Dada la dimensión de la Fundación y el número de personas trabajadoras, no procede la realización de auditoría retributiva, de conformidad con el Real Decreto 902/2020.


5. Objetivos del Plan de Igualdad

Objetivo general

Garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la Fundación Española de Alta Sensibilidad, eliminando cualquier forma de discriminación directa o indirecta por razón de sexo.

Objetivos específicos

  • Integrar la perspectiva de género en la gestión de personas.

  • Asegurar procesos de selección y promoción objetivos y transparentes.

  • Promover la conciliación y la corresponsabilidad.

  • Prevenir el acoso sexual y por razón de sexo.

  • Fomentar un lenguaje, comunicación e imagen no sexistas.


6. Medidas del Plan de Igualdad

6.1 Selección y contratación

  • Garantizar procesos de selección basados en criterios objetivos y no discriminatorios.

  • Uso de lenguaje inclusivo en ofertas de empleo.

6.2 Formación

  • Incorporar contenidos en igualdad de género en la formación interna.

  • Garantizar el acceso equitativo a acciones formativas.

6.3 Promoción profesional

  • Establecer criterios claros y transparentes para la promoción.

  • Evitar sesgos de género en la toma de decisiones.

6.4 Conciliación y corresponsabilidad

  • Facilitar medidas de flexibilidad horaria compatibles con la actividad de la Fundación.

  • Difundir los derechos de conciliación existentes.

6.5 Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

  • Disponer de un protocolo específico de prevención y actuación.

  • Informar y sensibilizar a toda la plantilla.

6.6 Comunicación y lenguaje inclusivo

  • Uso sistemático de lenguaje no sexista en documentos, web y comunicaciones.


7. Seguimiento y evaluación

Dada la inexistencia de representación legal de las personas trabajadoras, el seguimiento del Plan de Igualdad se realizará por una Comisión de Seguimiento interna, integrada por la Presidencia del Patronato y la Secretaría General, garantizando la participación equilibrada y la aplicación del principio de buena fe.

Las funciones de la Comisión de Seguimiento serán:

  • Supervisar la implantación de las medidas.

  • Evaluar periódicamente el grado de cumplimiento.

  • Proponer mejoras o medidas correctoras.

Se elaborarán informes de seguimiento y un informe final de evaluación al término de la vigencia del Plan.


8. Aprobación y registro

El presente Plan de Igualdad será aprobado por la Fundación Española de Alta Sensibilidad y, en su caso, registrado conforme al procedimiento establecido en el REGCON.


En prueba de conformidad, se aprueba el presente Plan de Igualdad en Jerez de la Frontera, Cádiz.

Fdo. Presidente del Patronato: